Los principios pilares de la democracia, la solidaridad y la cooperación deben estar enraizados implícitamente dentro de las estructuras sindicalistas.
Lo político en lo sindical tiene un rol medular para lograr que se cumplan los objetivos propuestos. Frente a ello, la construcción de propuestas y las normas jurídicas e institucionales son insuficientes si consideramos el ejercicio asimétrico de las relaciones de poder. Los principios pilares de la democracia, la solidaridad y la cooperación deben estar enraizados implícitamente dentro de las estructuras sindicalistas que, a su vez, cumplen su papel como representantes legítimos de la representación política de la clase trabajadora.
Son las 6 am del 25 de junio y en la empresa Estrella Azul de Panamá, los trabajadores declaran huelga general indefinida por intransigencia de la empresa en las negociaciones del convenio colectivo en la mesa del diálogo y se inicia el proceso de sufragio por medio del voto secreto para que la huelga sea legítima.
Pienso que en ese estado de espera toca depositar nuestra confianza en el compromiso y disciplina de las bases sindicales y del liderazgo de su dirigencia. Pero esto tiene un trasfondo más peculiar, específicamente el interés de los individuos que se traduce como intereses colectivos.
Recordando a Olson en La lógica de la Acción Colectiva (Olson, 1965), podemos responder a este apoyo como “aquel grupo objetivamente definido en función de un interés común que caracteriza a sus miembros, pero que no consigue superar el problema de la corriente y se constituye en un actor colectivo organizado”. Es la captación del interés individual que se constituye como un interés grupal y que involucra a las personas trabajadoras por medio del trabajo transparente, discursivo e identitario que garantizará la participación, la democracia y la delegación de responsabilidades como colectivo unísono. De esta manera, toda lucha organizada por sindicatos será avalada y acompañada por quienes la dotaron de legitimidad.
Los sindicatos tienen garantizado su éxito organizativo si logran trabajar estratégicamente en reafirmar su posición frente a las masas trabajadoras. Pero la producción de demandas nace de la realidad del mundo laboral que está en constante cambio.
Hoy por hoy, el derecho a la huelga sigue siendo un mecanismo coercitivo eficaz, sin embargo, ¿qué sucede cuando no podemos presionar a las empresas por medio de huelga o paro de labores? ¿las normas regulatorias son suficientes?
Observemos, por ejemplo, el índice global de derechos 2021 de la Confederación Sindical internacional (CSI). En donde se detectan retrocesos en materia de derechos laborales. Podemos mencionar algunas de las conclusiones de este estudio de 149 países: En el 87% de los países se ha vulnerado el derecho de huelga; En el 79% de los países se ha vulnerado el derecho de negociación colectiva. (INTERNACIONAL, 2021).
La coyuntura de la pandemia ha mostrado las debilidades en el cumplimiento de la protección de la clase trabajadora, es por ello, que esta contracción en materia de bienestar de las condiciones de trabajo ha vulnerado los derechos adquiridos con años de pujanza y choque de fuerzas entre empresarios y sindicatos. Estos retrocesos hacen que el sindicalismo se posicione frente a un escenario en detrimento de la fuerza sindical globalizada.
Cabe señalar que, el concepto de trabajo decente ha tomado fuerza en los últimos años y se presenta como un mecanismo evaluativo de la calidad de empleo en la sociedad, pero de igual manera de la capacitación y productividad.
En la faceta de desarrollo que estamos viviendo, el carácter ético sobre el trabajo requería de un fuerte consenso paradigmático sobre cómo perfilar la calidad del empleo. Sin embargo, esta forma de ver al trabajo decente como “un instrumento de evaluación de los sistemas de relaciones laborales” (Grau, 2015), permite demostrar que no solo basta con la exigencia de normas regulatorias, sino más bien, hacer funcional los mecanismos jurídicos locales y supranacionales por medio de la fuerza de las organizaciones sindicales; es un reto del sindicalismo y es un esfuerzo íntegro de movilización formación y posicionamiento del agente político sindical. Algo a lo que la Confederación Sindical Internacional llamaría “Reforzar el Poder de los Trabajadores”.
El trabajo decente no se constituye solo. Se acompaña de la democracia, la libertad sindical y el derecho a huelga como estructurantes del mismo. No puede existir trabajo decente sin la libertad de los trabajadores a estar organizados, a debatir, organizarse políticamente y a formar parte de la toma de decisiones en los sistemas de relaciones laborales.
Primero. Mencionar que, las leyes y políticas de trabajo decente son fundamentales. Las normas se consolidan después de pasar por procesos de pulsaciones; argumentos y críticas, así como, por un consenso entre partes que legitiman el orden establecido. Es por ello, que el respeto hacia las normas existentes es vital. El poder judicial y su imparcialidad debe ser objetivista, y debe estar, ante todo, dotado de poder y libre de influencias externas.
Segundo. Lo mencionado anteriormente nos lleva a una reflexión sobre lo que se establece u ordena. Soy de la opinión, que no es suficiente crear las normas regulatorias (el papel aguanta todo), sino hacerlas funcionales; que sirvan de brújula para nuestros objetivos. Pero las cosas no se darán por sentadas. El resultado de un proceso dependerá del involucramiento de sus actores.
Tercero. Hoy día tenemos un cúmulo de conquistas logradas por una lucha de generaciones. Pero a su vez, enfrentamos retrocesos en materia de precariedad laboral y desprotección de la clase trabajadora. Urge lograr la aplicabilidad en el entramado de los sistemas de relaciones laborales, de lo que han sido las propuestas de las organizaciones sindicales internacionalistas. Esto será un reto del sindicalismo sociopolítico y la capacidad de incidencia que logre perpetuar en el seno de lo institucional. Tanto como para lo supranacional, como para lo local y regional.
Por cierto, ¿recuerdan la huelga mencionada al inicio? La clase trabajadora organizada en Panamá logró sus objetivos dando ejemplo de lucha y resistencia frente a una transnacional multimillonaria que es de origen de uno de los peores países para ser trabajadores, según el índice global de derechos 2021 (Honduras). Pero esto es un ejemplo de la determinación del liderazgo sindical; la solidaridad de clase; las alianzas estratégicas entre sindicatos y la función de la formación política sindical. La transición hacia un modelo de desarrollo sustentable (Américas, 2014)solo se logrará con la participación, incidencia y tomando en cuenta el aporte de la clase trabajadora.
Por Darisnel Erasmo Moreno, Agente de Cambio Panamá del 2017.
Américas, C. S. (2014). Plataforma de Desarrollo de Las Américas . Sao Paulo: Grupo de Trabajo sobre Desarrollo e Integración Hemisférica - GTDIH.
Bylos, A (2015) Sobre el Trabajo Decente: La formación del concepto. Studocu.
CSA TUCA (s.f.) Plataforma de Desarrollo de las Américas. Diseño gráfico y diagramación Caco Biso .
Grau, B. A. (2015). Sobre el Trabajo Decente:. Derecho y sociedad, 21.
Internacional, C. S. (30 de 6 de 2021). ituc-csi.org.
ITUC CSI IGB (2021). Índice Global de los Derechos de la CSI 2021: La pandemia de COVID-19 saca a la luz los derechos de los trabajadores. Publicación digital.
Olson, M. (1965). La lógica de la acción colectiva: bienes públicos y la teoría de grupos. New York: Schocken Books.
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